Reglamento sobre Billeteras Digitales

Hasta hace poco, el concepto de billetera digital era desconocido para la mayoría de los peruanos, quienes se mostraban desconfiados hacia nuevas herramientas para realizar operaciones financieras. Hoy, sin embargo, el Perú es uno de los tres países en Latinoamérica con mayor adopción de este servicio financiero, solo detrás de Panamá y Colombia.

De acuerdo con la Asociación de Bancos del Perú (ASBANC), las billeteras electrónicas no solo han tenido un gran crecimiento en los últimos años, sino que este incremento seguirá siendo sostenible, al punto que se espera que para el cierre de 2022 un aproximado de 17 millones de peruanos cuenten con alguna de ellas. A decir de ASBANC, las principales razones por las que los usuarios prefieren usar monederos virtuales es debido a que no cobran comisiones y porque los pagos se realizan de manera instantánea.

Asimismo, el gremio proyecta que unos 60.000 negocios ya se encuentran afiliados a una billetera digital desde el año 2021.

Consciente de la masiva adopción de estas como una opción cada vez más popular para hacer pagos y cobros, el Banco Central de Reserva emitió el último 7 de octubre un reglamento de interoperabilidad entre billeteras digitales, el cual beneficiará a millones de usuarios.

La circular N° 0024-2022 del BCR, que describe el Reglamento de Interoperabilidad de los Servicios de Pago provistos por los Proveedores, Acuerdos y Sistemas de Pagos, define la interoperabilidad como la “capacidad que tiene un Servicio de Pago de permitir que sus usuarios transfieran fondos a cualquier otro usuario, independientemente de la Entidad Regulada que provea servicios al ordenante o al beneficiario”, y determina que esto debe darse entre todas las billeteras digitales y pagos móviles que operan en el país.

De acuerdo a José Gómez, country manager de Sensedia para Perú y Colombia, esta nueva normativa traerá diversos beneficios, como facilitar el acceso a los productos financieros, propiciar una mayor inclusión financiera y la digitalización de los negocios minoristas, reducir el riesgo de fraude o robo, así como a generar ahorro de tiempo, reducción del uso de dinero en efectivo y facilidad para realizar compras en línea.

La circular emitida por el BCR refiere que la implementación de los pagos interoperables, “deberán estar puestos a disposición de los usuarios, como máximo, el 31 de marzo de 2023″. Ello quiere decir que los usuarios tendrán la libertad de realizar transferencias hacia cualquier billetera digital desde ese momento sin ningún cobro de comisiones.

En esa línea, el reglamento obliga a las entidades inscritas en el Registro de Proveedores del Servicio de Pagos con Códigos QR del BCRP (Registro QR) a incluir en sus productos o servicios la información y los mecanismos necesarios que garanticen la Interoperabilidad del Servicio de Pagos con Códigos QR. Asimismo, todos los Proveedores de Códigos QR deberán disponer lo necesario para que todas las Redes de Pagos puedan ser reconocidas cuando un Usuario lea dicho código utilizando cualquier Billetera Digital, aplicación móvil o funcionalidad disponible en el mercado. 

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