Uso de comprobantes de contingencia: ¿qué son y cuándo se utilizan?
La facturación electrónica es obligatoria en Perú, pero existen los casos en que se pueden emitir comprobantes físicos, dichos documentos son llamados “comprobantes de contingencia”. El uso de los comprobantes de contingencia es la de servir como una medida de emergencia en la emisión de comprobantes electrónicos, siempre que se presente algún tipo de inconveniente.
¿Qué es un comprobante de contingencia?
Estos son comprobantes de pago físico que son emitidos por un emisor electrónico. La emisión de los mismos se hace en casos, que por causas no imputables, no le sea posible emitir los comprobantes de pago electrónicos.
¿Cuándo se utiliza la factura de contingencia?
El uso de los comprobantes de contingencia se da cuando por las causas especificadas, el emisor no puede emitir comprobantes electrónicos. Para saber que cuando se usa una factura de contingencia, se debe saber los casos en los cuales los emisores están permitidos emitir facturas en físico que tenga la total validez. Entre los casos se manejan los siguientes:
El caso en que el emisor electrónico por resolución de SUNAT que tenga domicilio o establecimiento anexo declarado en el RUC se localiza en zonas geográficas con baja o nula conexión a Internet. Las zonas dentro de estas características se pueden conseguir en el siguiente link: Zonas de Baja o nula conexión a internet.
A los contribuyentes que se encuentran en el Nuevo Régimen Único Simplificado durante la fecha que se adquirió la calidad de emisor electrónico por determinación mientras figure en el RUC como afecto a dicho régimen.
En caso de que el emisor electrónico este impedido de emitir los comprobantes de pago por causas externas a su voluntad, como puede ser la interrupción del servicio eléctrico.
Consideraciones para emitir comprobantes físicos de contingencia
Para poder acceder a la emisión de los comprobantes físicos, o pre-impresos, se toman en cuentan en cuentan ciertas consideraciones:
Leyendas como información pre-impresa de los documentos físicos
Todos los comprobantes físicos que sean emitidos por contingencia se ven en la obligación de llevar, a partir del 1 de septiembre del 2018, la siguiente leyenda:
Emisor electrónico obligado.
Comprobante de Pago emitido en contingencia.
Límite de autorización de impresión
Se establece que el monto de la emisión de los comprobantes físicos de contingencia no deben superar el 10% del promedio emitido en un mes por el Sistema de Emisión Electrónica (SEE); de los 6 meses anteriores al mes en el cual se presentó la solicitud. Asimismo, se toma en consideración 100 formatos por cada uno de los tipos de comprobantes de pago, y por cada establecimiento, lo que en total sea mayor.
Solicitud de autorización
Aparte de lo estipulado en el Reglamento de Comprobantes de Pago, también de debe remitir la siguiente información para que los comprobantes físicos de contingencia sean aprobados:
Al menos, el 90% de las solicitudes anteriores autorizados, con respecto al mismo comprobante. No se toman en consideración los comprobantes que se dieron de baja antes de la solicitud; de igual manera, no se aplica este requisito si es la primera vez que se hace la solicitud.
Los comprobantes de pago autorizados y los no informados en solicitudes previas.
Envío de los comprobantes físicos emitidos por contingencia
Todos los comprobantes físicos emitidos por contingencia se deben informar a la SUNAT. El envío de los mismos tienen como plazo máximo hasta 7 días después del siguiente día al de la emisión del comprobante. La forma de envío de los comprobantes va a estar sujeta al sistema por el cual fueron emitidos. También te puede interesar:¿Cómo saber si tu comprobante de pago electrónico es válido?