A fin de continuar con los planes de masificación de la Facturación Electrónica para el próximo año, SUNAT fijó los criterios para la
designación de nuevos emisores de comprobantes electrónicos a partir del 2018 para los meses de Enero, Mayo, Agosto y Noviembre según corresponda.
Nuevos emisores electrónicos:- Desde el 1 de enero de 2018:
- Contribuyentes que al 30.06.2017 tengan la calidad de agentes de retención o percepción del IGV.
- Contribuyentes que al 29.06.2017 tengan la condición de PRICOS Nacionales
- Contribuyentes que se encuentren comprendidos en el Anexo I de la resolución.
- Desde el 1 de mayo de 2018:
- Contribuyentes comprendidos en el Anexo II de la resolución
- Desde el 1 de agosto de 2018:
- Contribuyentes comprendidos en el Anexo III de la resolución.
- Desde el 1 de noviembre de 2018:
- Contribuyentes comprendidos en el Anexo IV de la resolución.
Nuevos emisores electrónicos a partir del año 2018 en adelante: - Contribuyentes que a partir del año 2017 realicen exportaciones por un monto igual o mayor a 75 UIT. (Desde el 1 de noviembre del año siguiente a aquel en que superen el referido límite.)
- Contribuyentes que a partir del año 2017 obtengan ingresos anuales iguales o mayores a 150 UIT. (Desde el 1 de noviembre del año siguiente a aquel en que superen el referido límite.)
- Contribuyentes que se inscriban en el RUC a partir del año 2018 y que al primer día calendario del tercer mes siguiente al mes de su inscripción se hayan acogido al Régimen MYPE Tributario, o al Régimen Especial, o hayan ingresado al Régimen General con la presentación de la DJ correspondiente al mes de inicio de actividades declarado en el RUC; o en caso de no haber presentado DJ, hayan comunicado al RUC, en el rubro "tributos afectos" que optan por alguno de los referidos regímenes. (Desde el primer día calendario del tercer mes siguiente al mes de su inscripción en el RUC)
Así mismo, con la finalidad de otorgar mayores facilidades a los emisores electrónicos
amplió los plazos de los designados emisores correspondientes a Julio del presente año.
Ampliación de plazos para la vigencia de obligaciones del Sistema de Emisión Electrónica:- A partir del 1 de enero de 2018
- Indicar en la factura electrónica la dirección del lugar en que se entregan los bienes; consignar en la factura electrónica o en el ticket o cinta emitida por máquina registradora el número de placa del vehículo automotor cuando se despache combustible directamente al tanque.
- Hasta el 31 de diciembre de 2017.
- Podrá emitirse simultáneamente facturas electrónicas y formatos físicos.
- Podrá emitirse simultáneamente comprobantes de retención electrónicos y físicos.
En TCI, estamos preparados para acompañar a las nuevas pequeñas, medianas y grandes empresas en el proceso de digitalización de sus comprobantes, así como para asesorarlos en la optimización de sus procesos y recursos.TCI-Más de 20 años realizando transacciones electrónicas con SUNAT
- Proveedora de Servicios Electrónicos – PSE
- Primera empresa homologada como emisor electrónico en el Perú.Revise la Norma haciendo clic aquí
R.S. N° 155-2017/SUNAT