Conoce los nuevos obligados a la emisión electrónica

Conoce los nuevos obligados a la emisión electrónica

El pasado 18 de enero se publicó la Resolución de Superintendencia Nº 013-2019/SUNAT que regula la emisión electrónica de documentos autorizados y el envío de información a través del PEI.
  1. Cambios en la norma
  1. Nuevos obligados a emitir de manera electrónica el Documento Autorizado Electrónico – DAE desde el 1° de enero de 2020.
 
SujetoOperaciones comprendidas Sistema de emisión que puede usar
a)Los martilleros públicos y todas las entidades que rematen o subasten bienes por cuenta de terceros.El remate o la adjudicación de bienes por venta forzada.SEE – portal
b)Las empresas que desempeñan el rol adquirente en los sistemas de pago mediante tarjetas de crédito y/o débito emitidas por bancos e instituciones financieras o crediticias, domiciliados o no en el país. Las operaciones que involucra el referido rol adquirente en los sistemas de pago mediante tarjetas de crédito y/o débito emitidas por bancos e instituciones financieras o crediticias, domiciliados o no en el país.- Desde los sistemas del contribuyente- OSE
c)Los operadores de las sociedades irregulares, consorcios, joint ventures u otras formas de contratos de colaboración empresarial, que no lleven contabilidad independiente y que se dediquen a actividades de exploración y explotación de hidrocarburos. La transferencia de bienes obtenidos por la ejecución del contrato o sociedad que el operador y las demás partes realicen conjuntamente en una misma operación.- Desde los sistemas del contribuyente- OSE
d)Las demás partes, distintas del operador, de las sociedades irregulares, consorcios, joint ventures u otras formas de contratos de colaboración empresarial, que no lleven contabilidad independiente y que se dediquen a actividades de exploración y explotación de hidrocarburos. La transferencia de bienes obtenidos por la ejecución del contrato o sociedad que todas las partes realicen conjuntamente en una misma operación.- Desde los sistemas del contribuyente- OSE
e)Las empresas concesionarias que prestan el servicio público de distribución de gas natural por red de ductos, a que se refiere el Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, cuyo texto único ordenado fue aprobado por el Decreto Supremo N.° 40-2008-EM. El servicio público de distribución de gas natural por red de ductos.- Desde los sistemas del contribuyente- OSE
f)Las empresas que desempeñan el rol adquirente en los sistemas de pago mediante tarjetas de crédito emitidas por ellas mismas. Las operaciones que involucra el referido rol adquirente en los sistemas de pago mediante tarjetas de crédito emitidas por las empresas que desempeñan dicho rol. - Desde los sistemas del contribuyente- OSE
 Contingencia: Puede utilizar los documentos autorizados.
  • Póliza de adjudicación: Se informa a través de la opción en Sunat Operaciones en Línea.
  • Resto de documentos autorizados a través del PEI: Resumen de documentos autorizados.
Plazo 7 días contado desde el día siguiente de la emisión. Otorgamiento del DAE:Si el receptor tiene RUC por medios electrónicosEn el caso de servicios públicos: si por la operatividad del servicio no es posible por medios electrónicos, se otorga representación impresa Emisión de notas de crédito y débito electrónicas: Se puede emitir para modificar documentos autorizados 
  1. Póliza de adjudicación electrónica Se emite cuando:
      • Se produce un remate o adjudicación de bienes por venta forzada por martilleros públicos y entidades que rematan o subastan bienes por encargo de terceros
      • Se emite a favor del adjudicatario
      • Permite sustentar crédito fiscal, costo o gasto

Oportunidad de emisión: una vez cancelado del monto total de la adjudicación

Otorgamiento:

- Si el adjudicatario tiene RUC al momento de la emisión

- Si el adjudicatario no tiene RUC cuando se entregue la representación impresa o se remita por correo electrónico

  1. Recibo de servicios públicos electrónicos: Se emite por los servicios de electricidad, agua, telecomunicaciones y gas natural por red de ductos. Permite deducir crédito fiscal y sustentar gasto o costo
  2. DAE Operador y DAE del participe: se deben emitir de manera conjunta. Debe ser otorgado al adquirente y a todos los partícipes. Pueden emitir en reemplazo del documento autorizado, una factura electrónica.El DAE de cada partícipe, debe tener el mismo número correlativo.
  3. Nuevos obligados a informar a través del PEI – Programa de Envío de Información Se establece obligación de informar las siguientes operaciones, mediante el resumen de documentos autorizados, que se envía a través del PEI:
      • Boletos emitidos por atracciones o espectáculos públicos
      • Documentos emitidos por COFOPRI
  1. Servicios prestados con ocasión de transporte aéreo de pasajerosPlazo: a mas tardar dentro de los 7 días calendario contados a partir del día siguiente de la emisiónNota: El PEI lo envío directamente el contribuyente, no pasa por OSE.
  
  1. Efectos en el rol de PSE: Desarrollar el XML para la generación de 4 nuevos tipos de documentos autorizados electrónicos. Cabe indicar que antes de este cambio normativo, había un solo tipo de documento autorizado electrónico con la modificación de la norma. Se incorporan nuevos tipos que, en la práctica, son nuevos tipos de comprobantes:
 
  • Documentos emitidos por las empresas que desempeñan el rol adquirente en los sistemas de pago mediante tarjetas de crédito y débito (tipo de comprobante 30)
  • Documento del operador (tipo de comprobante 34)
  • Recibo de distribución de gas natural (tipo de comprobante 36)
  • Documentos emitidos por las empresas que desempeñan el rol adquirente en los sistemas de pago mediante tarj. de crédito emitidas por ellas mismas (tipo de comprobante 42) este es similar al tipo 34
 
  1. Efectos en el rol OSE: Desarrollar el receptor para los 4 nuevos tipos de documentos autorizados. Tener en cuenta que la mayoría de estos comprobantes tienen una facturación cíclica y con un alto volumen de documentos, por lo que es altamente probable que los envíos no los realizarían uno a uno sino en lote (otro método de envío). Por lo que también se debe contar con el método de recepción para los envíos que vengan por el SendPack.
 

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