Sujeto | Operaciones comprendidas |
a) Las empresas del sistema financiero y de seguros y las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar recursos del público que se encuentren bajo el control de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones. | Todas, salvo el servicio de créditos hipotecarios (1) (2). |
b) Las administradoras privadas de fondos de pensiones. | Todas (1) |
c) Las instituciones educativas referidas en el artículo 67 de la Ley General de Educación, aprobada por la Ley N.° 28044 y normas modificatorias, reconocidas por el Ministerio de Educación; los centros culturales privados declarados como tales por el Instituto Nacional de Cultura; otras asociaciones y las fundaciones. | Todas (1) |
d) Los centros de inspección técnica vehicular a que se refiere el numeral 4.1 del artículo 4 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por el Decreto Supremo N.° 025-2008-MTC y normas modificatorias. | El servicio de inspección técnica vehicular a que se refiere el numeral 4.5 del artículo 4 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares. |
e) Perúpetro S.A. | El servicio a que se refiere el inciso a) del artículo 10 de la Ley N.° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos cuyo texto único ordenado se aprobó mediante Decreto Supremo N.° 042-2005-EM y normas modificatorias, a cambio del cual el contratista paga regalías. |
f) Las empresas que prestan el servicio de transporte terrestre público de pasajeros dentro de los límites del territorio nacional. | El servicio de transporte terrestre público de pasajeros dentro de los límites del territorio nacional. No está incluido el servicio de transporte regular urbano. |
g) Las empresas que prestan el servicio de transporte ferroviario público de pasajeros. | El servicio de transporte ferroviario público de pasajeros. No está incluido el servicio que usa vía férrea local. |
i) Las empresas que prestan el servicio de transporte acuático de mercancías en tráfico nacional, sea este marítimo, fluvial o lacustre | El servicio prestado a partir de un contrato de transporte marítimo, lacustre o fluvial de mercancías por el cual se deba emitir un conocimiento de embarque. |
j) Las empresas que prestan el servicio de transporte aéreo de cargadentro de los límites del territorio nacional. | El servicio prestado a partir de un contrato de transporte aéreo de carga, respecto del cual se deba emitir una carta de porte aéreo |
k) Las empresas que prestan el servicio de transporte aéreo especial de pasajeros y/o el servicio de transporte aéreo no regular de pasajeros. | El servicio de transporte aéreo especial de pasajeros y el servicio de transporte aéreo no regular de pasajeros. |