Preguntas y respuestas del Evento II Conferencia Magistral e-facturacion 2017

Preguntas y respuestas del Evento II Conferencia Magistral e-facturacion 2017

  1. Pregunta: “La factura transferencia gratuita la acepta, pero sale con una observación <4025> – Si la leyenda TG todos ítems deben ser onerosos, el total de las operaciones no gravadas deben ser mayor a 0.00.” Respuesta: Este es un error de SUNAT en su validación, el caso ha sido escalado desde el año pasado y aún no se obtiene respuesta.
  2. Pregunta: SUNAT está rechazando las facturas electrónicas que emito a empresa no domiciliada. Respuesta: Las facturas que se emiten a no domiciliados son facturas de exportación y no están siendo rechazadas. Si el servicio se da en Perú y por lo tanto no es una factura de exportación, debe emitir una boleta no una factura.
  3. Pregunta: ¿Puedo emitir en euros? Respuesta: Sí puede emitir en euros. Sólo debe agregar en su sistema el código de la moneda EUROS para que se refleje en el XML.
  4. Pregunta: En empresa de consumo masivo que sus clientes (con RUC) son bodegas y mercados, ¿necesariamente requieren la representación impresa para verificar precio y producto?, ¿cómo reducir eso? No hay ahorro. Respuesta: En los supermercados o bodegas hay descuentos, diversos ítems que el cliente quiere ver en el momento. Hace algún tiempo viajamos a México para ver el modelo electrónico Mexicano y a pesar de que ellos han masificado el 100% el modelo electrónico, los supermercados entregan la representación impresa por la necesidad del tipo de cliente, pero esto no puede suceder entre empresas. Por este motivo vamos a enfocarnos principalmente en difundir a este público la importancia del cambio de procesos.
  5. Pregunta: ¿Los documentos autorizados (Instituciones educativas) se incluirán como documentos electrónicos? Respuesta: Los documentos que sustentan al comprobante, se incluyen como documentos anexos electrónicos.
  6. Pregunta: En el caso de la custodia de los XMLs de los comprobantes de pago, cuando eres emisor electrónico y cuando no lo eres. Respuesta: El emisor electrónico debe conservar los documentos electrónicos (archivos XML, no PDF) de la factura, boleta, nota de crédito y nota de débito, así como los resúmenes diarios, comunicaciones de baja. El receptor electrónico debe conservar la factura, boleta, nota de crédito y nota de débito, (archivos XML) El adquirente o usuario no electrónico debe conservar la factura electrónica y la Boleta de venta y sus notas de crédito y/o débito asociadas en su representación impresa, o el XML en caso haya acordado con su emisor esta forma de entrega.
  7. Pregunta: Mayor alcance de las funciones OSE y a partir de cuándo rige ¿Va a ser un ente regulador? Respuesta: Aún se está esperando la normativa SUNAT para dar mayor alcance.
  8. Pregunta: Si el resguardo de la información va a ser de 5 años, ¿cuál va a ser el tratamiento en los procesos de fiscalización cuando requieran la presentación de adquisiciones de activo fijo, cuya fecha es mayor al periodo de resguardo? Respuesta: SUNAT va a revisar internamente con Fiscalización para que no exijan mayor plazo.
  9. Pregunta: ¿Por qué cuando le damos de baja a alguna factura al momento de generar el reporte, el importe sigue mostrándose? Respuesta: El hecho de que se dé de baja un comprobante no implica que el monto sea reducido a 0.
  10. Pregunta: ¿Por qué los reportes que se generan en Excel no restan las notas de crédito? Respuesta: Es reporte es una relación a nivel cabecera de los Comprobantes de pago emitidos en el periodo seleccionado.
  11. Pregunta: ¿Si un emisor no trabaja con TCI y el receptor sí, también va a poder validar la información del emisor? Respuesta: Así es, con nuestra solución de Receptor, los comprobantes (XML y PDF) son leídos desde el servidor de correos e importados al eGestor, previa validación de la respuesta de SUNAT del XML.
  12. Respuesta: Estamos desarrollando la guía de remisión transportista, cuando se implemente van a tener un lapso de tiempo y luego estará saliendo la norma de la obligatoriedad que también sería progresiva, pero ahora no tenemos una fecha de obligatoriedad.
  13. Pregunta: Si se utiliza el factoring con CAVALI, ¿qué garantiza que el cliente no pague al banco? Respuesta: Cavali notificará al cliente. Para que la operación sea válida, el receptor ingresa y debe dar la conformidad.
  14. Pregunta: El servicio OSE ¿tiene costo? ¿es obligatorio? ¿ de qué dependería el mismo? Respuesta: Hoy en día no tenemos un precio estimado de cuánto puede ser, porque no tenemos aún la norma y las reglas claras. Aún hay un poco de camino que seguir, y esperar a que salga la regulación para que esto se estabilice más y se pueda traducir a una tarifa.
  15. Pregunta: ¿La boleta de pago electrónica es obligatoria? ¿Desde cuándo? Respuesta: Actualmente la legislación permite que los empleadores pueden usar tecnologías de la digitalización para sustituir documentos físicos y firmas olográficas sin que ello implique una afectación a los derechos de los trabajadores. Sin embargo hasta la fecha no existe una obligatoriedad.
  16. Pregunta: En cuanto al sustento de la factura ¿Cuál es el peso máximo que soporta el sistema, y los tipos de archivo (PDF/EXCEL?) Respuesta: No tenemos un peso máximo, pero sí cantidad de líneas o de productos que tiene una factura, hasta 999 productos o bienes en el comprobantes, los recibimos con un nivel de respuesta que está dentro de los estándares de servicio. No hay un límite. El formato es el XML, es el que hemos establecido con el estándar UBL. Con respecto a los archivos adjuntos que permite el sistema de TCI se permiten 500KB, formatos PDF y Excel.
  17. Pregunta: Anulación de la boleta electrónica en el modelo OSE Respuesta: Las reglas de emisión y de otorgamiento no van a cambiar. El cambio en el modelo OSE, es que en lugar en enviar a SUNAT, lo envío al OSE, pero las reglas no cambian.
  18. Pregunta: En caso de Factura electrónica de anticipos en la selva (que están exonerados de IGV), tenemos problemas con el sistema de SUNAT que no acepta que el anticipo no tenga IGV. Respuesta: Si es un caso puntual, podemos verlo luego del evento. Por lo general estas facturas si se aceptan.
  19. Pregunta: ¿Cómo anular una nota de crédito? ¿se considera como anulado una factura o cualquier comprobante si aparece como rechazado en el estado de SUNAT? Respuesta: Las facturas cuando son rechazadas, no son nada, por lo tanto no tienen que anularlas. Los únicos casos en que se anulan, son las que tienen un CDR aceptado por SUNAT/OSE. Si por algún motivo, la venta no se realizó, es necesario que informen esa anulación, porque si no lo informan a la SUNAT va a considerarla como una factura válida.
  20. Pregunta: ¿Hay una fecha estimada para que sea obligatoria la emisión de la Guía electrónica? Respuesta: Estamos desarrollando la guía de remisión transportista, cuando se implemente van a tener un lapso de tiempo y luego estará saliendo la norma de la obligatoriedad que también sería progresiva, pero ahora no tenemos una fecha de obligatoriedad.
  21. Pregunta: Los nuevos formatos estándar de la factura electrónica, ¿van a ser obligatorios para todos los emisores electrónicos a partir del 1ro de enero del 2018? Respuesta: Los ajustes que estamos trabajando para que salgan en una norma próxima, todos van a ser de uso obligatorio a partir del 1ro de Enero del próximo año.
  22. Pregunta: ¿Si se van a enviar los comprobantes de retención electrónicos a través del PSE, ya no se va a presentar PDT 626? Respuesta: En el caso de PDT, no manejamos versiones, por eso se está avisando con bastante anticipación para que puedan hacer sus ajustes.
  23. Pregunta: Con la nueva modificación de bases en venta de vehículos usados, están considerando cómo reflejar el IGV sobre la ganancia de la venta. ¿cómo está planteado? Respuesta: Efectivamente, la norma pone un monto reducido del costo original. No hay ningún problema, el sistema de factura soporta este tipo de operación.
  24. Pregunta: ¿TCI está pensando ser una OSE? ¿Incrementará el costo del servicio? Respuesta: Todos estamos esperando que salga el reglamento. Hoy en día estamos trabajando en el proyecto. El día de hoy tuvimos un alcance, estamos a la mitad del desarrollo. Pero algo que he aprendido de trabajar tanto tiempo con SUNAT, es que cuando salen nuevas cosas uno se pregunta qué sale primero, ¿la norma o el sistema? Se trabaja de la mano, debe ser muy de la mano, para que el sistema siga la norma. Y no es perfecto, es un proceso de descubrir un poco, experimentar hasta alcanzar las versiones finales. Si bien es cierto, nosotros tenemos la meta de culminar el desarrollo en los primeros días de Junio, con la norma vamos a ver el ajuste final de las reglas y seguro habrá un ajuste final en el software. Como dijo Gisella, nosotros podemos ser los primeros, pero esto no va a empezar a ser obligatorio si es que no hay otros 2 OSEs que también entren en acción. Nosotros siempre hemos sido una empresa que ha apoyado al gobierno en estas iniciativas electrónicas, seguimos viendo las oportunidades de cómo digitalizar los documentos que tienen que ver por ejemplo, con el ministerio de trabajo. A la pregunta sobre que puede haber un costo, sí va a haber un costo, hoy en día no tenemos todavía un precio estimado de cuanto puede ser, porque no tenemos aún la norma y las reglas claras. Aún hay un poco de camino que seguir, y esperar a que salga la regulación para que esto se estabilice más y se pueda traducir a una tarifa.
  25. Pregunta: Así como las facturas se pueden anular con Nota de crédito, en el futuro se podrán anular las notas de crédito que ya cuentan o figuran aceptadas por SUNAT? (Se hace la pregunta ya que así como por error se emite una factura con datos errados o “x” motivos, lo mismo puede suceder al emitir una nota de crédito electrónica. ) Respuesta: En la última norma hay un documento que anula la nota de crédito o nota de débito. La nota de crédito reduce el valor a una factura emitida o una boleta. Pero también hay otro documento que aumenta el valor a una factura o una nota, entonces una opción que toman algunos contribuyentes es que si por error emito una nota de crédito que bajó el monto del comprobante, emito la nota de débito para aumentar el valor y se netee el efecto del error que ha cometido.
  26. Pregunta: Para que una factura electrónica tenga validez tributaria, además del XML, debemos guardar el CDR? Respuesta: No, el CDR es la respuesta de SUNAT al emisor, de que el comprobante está ok. Para mayor seguridad se puede guardar el CDR, la obligación de guardarlo es para el emisor no para el receptor, pero nada impida que lo puedan almacenar también.
  27. Pregunta: De la página de SUNAT y/o clave sol se pude descargar los “XMLs” de las facturas emitidas por mis proveedores Respuesta: Se puede descargar lo que se emite desde el portal de SUNAT, y lo que se emite de los sistemas del contribuyente – hay opciones de consulta. Sin embargo estamos trabajando en varias opciones de consulta y descarga. Por lo que les comentaba si emiten desde los OSEs, como SUNAT ya no va a asumir la conservación, ahí si van a poder descargar el XML.
  28. Pregunta: Sobre guías de remisión –Bienes fiscalizados, ¿desde qué fecha es la obligatoriedad? Respuesta: Hay normas particulares que salen para obligar a determinado contribuyente. Pueden verlo en el portal de SUNAT. Es otra guía. Hay una guía de remisión electrónica de bienes fiscalizados y esa solo se emite desde el portal no desde sus sistemas.
  29. Pregunta: ¿Se puede anular una nota de débito ya declarada en febrero? considerando que vamos a declarar Marzo, ¿cuáles son los pasos a seguir? Respuesta: El único caso donde hay plazo para la emisión de nota de crédito, es para las notas que se emiten por error en el RUC o la descripción y que el plazo es hasta 10 días hábiles contados al día siguiente de la emisión. Para el resto de notas de crédito o débito no hay ningún plazo.
  30. Pregunta: ¿qué hacer si se salta el correlativo de la factura? ¿se informa a SUNAT? Si es así, ¿de qué manera? Respuesta: En el registro de ventas, para que conserven la integridad de los comprobantes, anotan esos números como si fueran anulados. No tienen que informar nada más.
  31. Pregunta: ¿se deben informar los comprobantes emitidos físicamente (Caso por las inundaciones en el norte se emitieron manualmente)? Respuesta: Si el contribuyente está obligado a emitir de manera electrónica y emitió de manera física por eventos ajenos al contribuyente, tiene que emitir el resumen de comprobantes impresos, si el contribuyente no está obligado, no tiene que informarlo, sólo anotar esos comprobantes en su registro de ventas.
  32. Pregunta: Comprobante de Retención electrónico, la reversión de un Comprobante de Retención, puede tener rechazo? ¿en qué casos? Respuesta: En general cualquier comprobante que se emita a SUNAT va a tener una respuesta, la respuesta puede ser aceptada o rechazada
  33. Pregunta: El proceso de modernización que viene desarrollando SUNAT es beneficiosa al país y las empresas. ¿Qué hacer o cómo superar la problemática del internet en provincias? Ante esta modernización Respuesta: Este es un tema que nosotros lo vemos constantemente, para tratar por un lado, de ver la realidad de algunas zonas y por otro lado impulsar lo electrónico. Como ustedes saben las telecomunicaciones en el país despenden de operadores y quien impulsa esto es el Ministerio de Transporte, en algún momento hemos conversado con ellos para impulsar mucho más el tema de la conectividad. Nosotros vamos a ir avanzando considerando también estas zonas con limitaciones en conectividad.
  34. Pregunta: De suceder un desastre natural que afecten a sus sistemas, ¿en qué tiempos están en capacidad de volver a operar? ¿los archivos están protegidos? Respuesta: Tenemos la información resguardada en la nube, también tenemos contingencia de Site y hoy en día lo tenemos automatizado, son más o menos 4 horas de hacer un pase, más o menos ese es el tiempo de recuperación de desastres que nos están preguntando.
  35. Pregunta: Lo ideal sería que ahorremos papel en la reimpresión del comprobante de pago, pero ¿qué podemos hacer si en las fiscalizaciones, los auditores de SUNAT nos piden que le preparemos archivadores de palancas con las copias de las facturas que “asumen” como operación no fehaciente. Respuesta: Primero, cuando sacamos los libros electrónicos, a pesar del trabajo interno que se hizo, igual los auditores que en su mayoría son contadores, mantenían el proceso anterior. Nos costó, pero hemos avanzado. Hay algunos libros que no tenemos el detalle, pero igual cuando hemos empezado con comprobantes de pago, efectivamente nos ocurrió algo internamente, los proveedores de SUNAT nos informaron que el área de administración, les pedía la representación impresa para pagar, eso a veces sucede, en casa de herrero, cuchillo de palo, comenzamos a trabajar con ellos y ya eso lo han estado eliminando. Efectivamente como decía Renzo es un cambio de paradigma que tenemos que trabajar todos. Sería bueno tener el detalle porque sí hay instrucción interna de no pedir los comprobantes que ya tiene SUNAT. En la medida que estén pidiendo papel, inclusive los que ya son emisores electrónicos, lo que está implicando es que no se está cumpliendo con el objetivo de factura electrónica en el sector privado. El papel no sólo como algo físico, también implica que el proceso se mantiene. Una de las ventajas de factura electrónica justamente es que permite el cambio de procesos, porque si se implementa el sistema sobre el mismo proceso, va a implicar entregar papel, esto es lo que se ve reflejado en la pregunta que nos hacen. Los que no han hecho su reingenería, tienen que hacerla. Hay un esfuerzo inicial, pero el ahorro va a ser importante y lo van a notar en el corto plazo, de igual manera con la productividad. El problema no es que estén emitiendo en papel, el problema es que eso está reflejando que no hemos avanzado en cambiar nuestros procesos.

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