Gobierno prorroga exoneraciones del IGV para evitar aumento del costo de alimentos

Gobierno prorroga exoneraciones del IGV para evitar aumento del costo de alimentos

Como parte de la delegación de facultades para legislar en materia tributaria, otorgadas por el Congreso de la República, el Consejo de Ministros aprobó hoy seis decretos legislativos, entre ellos, la prórroga de la exoneración del Impuesto General a las Ventas (IGV), indicó hoy el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).Refirió que esta prórroga de la exoneración del IGV está contenida en los apéndices I y II de la Ley del IGV, hasta el 31 de diciembre del 2022.“Esta norma permitirá atenuar el impacto de este impuesto, principalmente, en los bienes que componen la canasta de alimentos de la población de menores recursos”, indicó el MEF.“La norma también evitará el incremento de los costos de producción de la actividad agrícola y de crianza de animales, así como el de los costos de vivienda de interés social”, agregó.Preció que el Apéndice I comprende una lista de, principalmente, productos primarios destinados al consumo doméstico directo (hortalizas, legumbres, menestras, frutas), insumos para el agro (abono, fertilizantes), materias primas y productos intermedios para la industria textil, inmuebles destinados a sectores de escasos recursos, entre otros.En el caso del Apéndice II, este comprende una lista de servicios exonerados que se basan en razones de carácter social, cultural, de fomento a la construcción y vivienda, al ahorro e inversión en el país y de facilitación del comercio exterior.De igual modo, se prorroga hasta el 31 de diciembre del año 2024, la exoneración del IGV a la emisión de dinero electrónico efectuada por las empresas emisoras de dinero electrónico, a que se refiere el artículo 7 de la Ley N° 29985, Ley que regula las características básicas del dinero electrónico como instrumento de inclusión financiera.“De esta manera se promoverá la inclusión financiera en todo el país”, subrayó el MEF.Además, se establece una cláusula de transparencia a fin de que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), como ente recaudador, publique anualmente la lista de los sujetos que se benefician con los beneficios tributarios que están siendo objeto de prórroga, a fin de conocer los beneficiarios y los montos utilizados por cada uno de ellos.

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