El pasado 20 de marzo, la Sunat publicó el decreto de urgencia Nº 029-2020 que dicta medidas complementarias destinadas al financiamiento de la micro y pequeña empresa, para mantener e impulsar su desarrollo productivo, y otras medidas para la reducción del impacto del COVID-19 en la economía peruana.
Se crea el Fondo de Apoyo Empresarial a la MYPE (FAE-MYPE) que tiene por objeto garantizar los créditos para capital de trabajo otorgados a las MYPE, así como reestructurar y refinanciar deudas.
¿Quiénes pueden obtener este beneficio?
Las MYPE que desarrollen actividades de producción, turismo, comercio y servicios conexos, que:
Plazos:
Consideraciones:
Otras disposiciones relacionadas con el estado de emergencia:
Modificación de turnos y horarios de la jornada laboral
Se autoriza a los empleadores del sector público y privado, para que, durante la vigencia de la emergencia sanitaria, se puedan modificar los turnos y horarios de trabajo.
Medidas durante la vigencia del estado de emergencia para el sector público y privado
Los empleadores deben adoptar las medidas necesarias para garantizar la prestación y acceso a los bienes y servicios esenciales que sean estrictamente necesarios para evitar la propagación del COVID-19.
En el caso de otras actividades y siempre que no se aplique el trabajo remoto, los empleadores otorgan una licencia con goce de haber a los trabajadores de acuerdo con lo siguiente:
Suspensión de plazos en procedimientos en el sector público
Se suspenden por 30 días hábiles contados a partir del 21 de marzo, el cómputo de los plazos de inicio y de tramitación de los procedimientos administrativos y procedimientos de cualquier índole, que se tramiten en entidades del Sector Público.
Se suspende por 30 días hábiles contados a partir del 16 de marzo, el cómputo de los plazos de tramitación de los procedimientos administrativos sujetos a silencio positivo y negativo que se encuentren en trámite, excepto aquellos que cuenten con un pronunciamiento de la autoridad pendiente de notificación a quien inició el trámite.
Revise norma completa AQUÍ