Otorgan facilidades a emisores electrónicos de comprobantes de pago

Otorgan facilidades a emisores electrónicos de comprobantes de pago

El pasado 28 de octubre, la SUNAT publicó la RS. Nº 253-2018 que brinda facilidades al emisor electrónico para solicitar autorización de impresión y/o importación de documentos y otros, así como a los contribuyentes obligados a emitir comprobantes electrónicos desde noviembre, ahora deberán hacerlo desde el 1° de marzo del 2019.

Artículo 1: De la solicitud de autorización de impresión, importación y/o generación mediante sistemas computarizados

Se suspende requisito para autorizar comprobantes emitidos en contingencia

Hasta el 31 de marzo del 2019, no existirá obligación de informar los comprobantes físicos emitidos en contingencia. Cabe indicar que, uno de los requisitos para que Sunat autorice la impresión de comprobantes en contingencia es: informar por lo menos el 90% de los comprobantes físicos emitidos en contingencia aprobados en la solicitud anterior a la que se está presentando.

Se considerará como primera solicitud, la que se presente a partir del 1° de abril del 2019 en adelante.

Artículo 2: Modificación de la Resolución de Superintendencia N° 155-2017/SUNAT

Cambio de fecha para los obligados a partir del 1° de noviembre Nueva fecha: 1° de marzo del 2019, comprende a:

  • Contribuyentes del anexo IV.
  • Contribuyentes cuyos ingresos en el año 2017 fueron iguales o mayores a 150 UIT (S/. 607,500).

 Disposición complementaria derogatoria

Se elimina obligación de ser emisores electrónicos obligados, a quienes eran voluntarios hasta el 31/12/2017 Quienes adquirieron la calidad de “emisor electrónico por elección” (voluntario) hasta el 31 de diciembre del 2017 ya no están obligados a emitir el 100% de sus comprobantes de manera electrónica, es decir, podrán seguir emitiendo físico y electrónico hasta que se publique alguna norma de obligados.

[1] Se considera la UIT del año que se está evaluando, es decir, del año 2017 que fue S/. 4,050

Revise la norma completa haciendo clic aquí


De acuerdo a la R.S. Nº 254-2018/SUNAT se regulan nuevos supuestos de concurrencia de la emisión electrónica y de la emisión por otros mediosNuevos supuestos de emisión física de comprobantes de pago: Se incorporan dos nuevos supuestos para que los contribuyentes obligados a emitir de manera electrónica puedan emitir los comprobantes de manera física:
  1. Por contingencia

  2. Cuando el domicilio fiscal y/o establecimiento anexo declarado en el RUC está ubicado en una de las zonas con baja o nula conexión a Internet, detalladas en el Anexo I de la norma (Por ejemplo, en Lima algunas de las provincias son Cajatambo, Canta, Cañete, Huaral, Huarochirí, Huaura, Oyón y Yauyos). Incluye también las ventas itinerantes que dependan de un establecimiento que se encuentre en dicho anexo. (Nuevo)

  3. Cuando el contribuyente es del Nuevo RUS[2]. (Nuevo)

     

    Supuesto

    Comprobante físico que puede usar

    Medio a través del cual se informa a SUNAT

    Plazo

    Nota

    Contingencia

    Nuevos formatos de contingencia.

    XML por cada comprobante.

    7° día calendario posterior a la emisión.

    Domicilio en zonas con baja o nula conexión a internet

    Formatos físicos actuales.

    • Programa de Envío de Información
    • PEI (a través del resumen de comprobantes impresos), o
    • SUNAT Operaciones en Línea - SOL

    Formatos físicos actuales.

    Formatos físicos actuales.

    Nuevo RUS

    Formatos físicos actuales incluyendo tickets

    No informa a SUNAT.

    Se posterga inicio de la obligación en las ventas por emisores electrónicos itinerantes

    Se amplía, hasta el 31 de marzo del 2019, la posibilidad de emitir de manera física cuando se trate de venta itinerante de un emisor electrónico obligado. Y puede usar los formatos físicos actuales hasta dicha fecha. Posterior a ello, perderán validez tributaria.

    Hasta el 31 de marzo del 2019 no existe obligación de informar a la Sunat los comprobantes físicos emitidos en zonas con baja o nula conexión a Internet, recién se informa a partir del 1° de abril del 2019.

    Se modifica estructura del resumen de comprobantes impresos (se incluyen nuevos motivos).

    2 Si el contribuyente se cambia a otro régimen y luego regresa al Nuevo RUS, ya no le aplica la posibilidad de utilizar tickets para emitir de manera física

    Revise la norma completa haciendo clic aquí

 

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