De acuerdo a la R.S N.º 043-2019
, se amplía el plazo para usar de forma opcional las versiones de UBL 2.0 y 2.1 hasta el 30 de junio. Por lo que, las nuevas fechas son:
Fecha de inicio de emisión electrónica en el SEE – Del contribuyente / SEE - OSE | Versión de UBL a utilizar |
A partir del 1° de octubre de 2018 en adelante | Versión UBL 2.1 |
Antes del 1° de octubre de 2018 | Versión 2.0 o 2.1 y desde el 1° de julio de 2019 solo pueden utilizar la versión 2.1. |
La versión UBL 2.1 se debe utilizar en la factura electrónica, la boleta de venta electrónica, la nota electrónica vinculada a aquellas y la guía de remisión electrónica. Esta ampliación tiene como finalidad que los emisores electrónicos cuenten con un tiempo adicional para adecuar sus sistemas y procesos de acuerdo a los cambios normativos.Por otro lado, en la misma resolución, se suspende el requisito para autorizar comprobantes emitidos en contingencia hasta el 31 de diciembre de este año. Por ello, se exigirá desde el 1° de enero de 2020, enviar a la Sunat la información del 90% de los comprobantes autorizados en una solicitud anterior.Conoce la norma completa
aquíEn TCI, a través de nuestra solución eFacturación, estamos preparados para este cambio, por eso más de 550 de nuestros clientes ya cuentan con la versión UBL 2.1. ¡Actualízate y forma parte de la transformación digital!