- Se posterga nuevamente la entrada en vigencia del nuevo plazo de envió (a la SUNAT o al OSE), de la factura electrónica y sus notas.
- Del 17 de diciembre de 2021 al 31 de diciembre de 2022: 3 días contados a partir del día siguiente a la emisión
- A partir del 01 de enero de 2023: 1 día contado a partir del día siguiente a la emisión
La norma anterior (Resolución de Superintendencia 201-2021/SUNAT) establecía que el plazo de 1 día, entraba en vigencia el 01 de julio de 2022.
- Se modifica el cronograma de vencimiento de las obligaciones mensuales y el plazo máximo de atraso en los Registros de Compras y Registros de Ventas, ampliando las fechas.