Mediante la RS 281-2022 Se establece cronogramas para el cumplimiento de las obligaciones tributarias mensuales y las fechas máximas de atraso de los registros de ventas e ingresos y de compras llevados de forma electrónica.
b) Anexo II: Para máximo de atraso para el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de compras, ambos generados de manera electrónica