El pasado 13 de febrero, se publicó la
RS 023-2021 en la que se modifica la RS 016-2021 publicada el 1 de febrero y en la que se incluye a las provincias con niveles de alerta extremo y muy alto, dentro de las facilidades que se brindará para el pago de obligaciones tributarias.
- Se modifica la definición de nivel de alerta extremo o nivel de alerta muy alto, incluyendo a las provincias y modificando la base legal.
“
Nivel de alerta extremo o Nivel de alerta muy alto: Al asignado a determinados departamentos y/o provincias conforme a lo dispuesto en el numeral 8.1 del artículo 8 del Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM o normas que lo sustituyan.- Se modifica numeral 3.1 del artículo 3 de la Resolución de Superintendencia Nº 016-2021/SUNAT, incluyendo el término “provincias”.
“3.1 Tratándose de los deudores tributarios que, en el ejercicio gravable 2020……se encuentre ubicado en aquellos departamentos y/o provincias clasificados con Nivel de alerta extremo o Nivel de alerta muy alto”.