SUNAT prorroga plazo para no sancionar infracciones

SUNAT prorroga plazo para no sancionar infracciones

Para que los contribuyentes regularicen sus infracciones cometidas desde el primero de noviembre del 2008 en los libros y registros electrónicos donde llevan su contabilidad, SUNAT amplió el plazo hasta el 30 de setiembre.Inicialmente el plazo para esta regularización vencía el 01 de julio, pero para dar más facilidades a los contribuyentes, la administración tributaria -mediante la resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 031-2016-SUNAT/600000, emitida el 30 de junio- dispuso no sancionar las infracciones tributarias relacionadas al uso de los Libros y Registros electrónicos, otorgando un plazo adicional para subsanar estas infracciones hasta el 30 de setiembre próximo.Los contribuyentes obligados o que voluntariamente lleven sus Libros y/o Registros electrónicos a partir del 1 de enero de 2016, las infracciones no serán sancionadas siempre que sean regularizadas antes del 31 de diciembre de 2016.El motivo por el cual se ha otorgado un plazo mayor a estos contribuyentes es porque requieren contar con un período de adecuación necesaria para su total implementación.En el caso de aquellos que llevan sus libros y/o registros electrónicamente antes de dicha fecha, si bien ya cuentan con un período de adecuación, aún podrían requerir efectuar algún ajuste de sus sistemas o el eficaz manejo de sus volúmenes de información.Si está interesado en e-f@cturación, nuestra solución integral que emite y recibe comprobantes de pago de forma fácil y segura con la validez legal que exige SUNAT, siga este enlace y llene el formulario para ponernos en contacto con Ud.Y si su empresa está entre las 12 mil empresas obligadas a estar dentro del sistema de facturación electrónica a partir de este 01 de diciembre contáctenosFuente: http://elcomercio.pe/economia/peru/sunat-amplia-plazo-no-sancionar-infracciones-noticia-1913550

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