El pasado 30 de mayo, la Intendencia Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera comunicó a los Transportistas Internacionales, Agentes Marítimos, Agentes de Carga Internacional y sus proveedores de software que a partir del mes de julio es de carácter obligatorio consignar el número de identificación de la nave asignado por la Organización Marítima Internacional – OMI para la numeración del Manifiesto de Carga y Manifiesto de Carga Desconsolidado Previo en la vía marítima, por transmisión SEIDA o registro en el Portal del Operador de Comercio Exterior cuando la entidad otorgante de la matrícula corresponda al código: 54 IMO.
Por lo que:
- Numeración del Manifiesto de Carga se debe consignar en la sección "DATOS DEL MEDIO DE TRANSPORTE PRINCIPAL" en el campo: "Matrícula".
- Numeración del Manifiesto de Carga Desconsolidado Previo se debe consignar en la sección "DATOS GENERALES DEL MANIFIESTO DE CARGA" en el campo "Matrícula", empleando la siguiente transacción: TX0212 "Transmisión del Manifiesto Desconsolidado previo con OMI"
También, para la numeración del Manifiesto de Carga se debe consignar en la sección "Datos de los Puertos Intermedios del medio de transporte principal" en el campo: "Puertos Intermedios", los puertos de la travesía previo al arribo del medio de transporte y en caso de no existir, se debe consignar como puerto intermedio al puerto de inicio de la travesía.TCI cuenta con más de 25 años de experiencia en el competitivo mercado de las tecnologías de la información y nos hemos diferenciado por liderar innovadores proyectos de transmisiones electrónicas en Perú. Forme parte de la red interorganizacional de los agentes de comercio exterior con
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