Guías de Remisión: Traslados exceptuados de ser sustentados con guías de remisión

Guías de Remisión: Traslados exceptuados de ser sustentados con guías de remisión

El 12 de julio de 2022, la SUNAT (Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria) aprobó la obligatoriedad de uso de las guías de remisión electrónica a través de la RS 123-2022-SUNAT, con el objetivo agilizar y modernizar el sistema de transporte de bienes en el territorio peruano. En esta resolución también se incluyen los traslados exceptuados de ser sustentados con guías de remisión.Esta información es clave para los negocios. Les permitirá identificar los casos en los que pueden prescindir de este documento y simplificar así sus operaciones.

Traslados exceptuados de ser sustentados con guías de remisión

Los traslados de bienes que se realicen bajo transporte privado, desde la ZOFRATACNA hasta la Zona Comercial de Tacna, podrán ser sustentados con un documento aprobado y expedido por el Comité de Administración de la ZOFRATACNA.Si los traslados de bienes se hacen bajo la modalidad de transporte público, tampoco es necesaria una guía de remisión del remitente o de transportista; siempre y cuando cumplas con los siguientes casos:
  • Excepción de guía de remisión del remitente: Si estás trasladando bienes desde la ZOFRATACNA hasta la Zona Comercial de Tacna, podrás reemplazar la guía de remisión del remitente por el documento expedido y aprobado por el Comité de Administración de la ZOFRATACNA.
  • Excepción de guía de remisión del transportista: Si el traslado de los bienes se realiza en unidades vehiculares categorizadas como L (motos, triciclos); M (vehículos de 4 ruedas o más diseñados para el transporte de pasajeros) y M1 (vehículos de 8 asientos o menos sin contar el asiento del conductor); y además se ha emitido la guía de remisión del remitente.
Independientemente de la modalidad de transporte que utilices para el traslado de bienes, no necesitarás una guía de remisión del remitente ni del transportista en este caso:
  • Los destinatarios de los bienes o clientes entregarán los envases y/o embalajes vacíos para su reposición al entregar nuevos productos, siendo recolectados por nosotros. También aplica para el traslado de envases y/o embalajes vacíos por parte del remitente a sus establecimientos registrados en la SUNAT; así como de terceros involucrados en el proceso de producción y comercialización.
Si la venta a consumidores finales se realizó a través de internet, telefax, teléfono o cualquier otro medio similar; podrás utilizar la boleta de venta electrónica emitida por el vendedor como sustento para el traslado de los bienes.

Concurrencia de la emisión electrónica de la guía de remisión y de su emisión por otros medios

La SUNAT ha establecido casos en los que los emisores no pueden realizar el proceso de emisión de GRE, sino que deben utilizar otros medios. Estos son los casos en los que se permite utilizar métodos alternativos:
  1. Si eres un emisor electrónico y, por causas no atribuibles a ti, no puedes emitir una guía de remisión electrónica de manera normal; tienes la opción de emitir una guía de remisión en formato físico. Es decir, puedes imprimirla o encargarla a una imprenta autorizada.
  2. Si eres un emisor electrónico y tu domicilio fiscal o uno de tus establecimientos anexos declarados en el RUC se encuentran en una región geográfica con una conexión a internet deficiente o nula, también tendrás la opción de emitir las guías de remisión en formato físico. Podrás hacerlo imprimiéndolas por ti mismo o solicitándolas a una imprenta autorizada.
Si necesitas más información sobre la obligatoriedad, te invitamos a leer nuestro blog: Norma que modifica la guía de remisión electrónica y establece obligatoriedad en su uso. Asimismo, si requieres ponerte al día con la obligatoriedad en emisión de GRE, contactanos y nuestros expertos podrán ayudarte con este proceso.

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