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- Soluciones Sunat
El pasado 30 de julio, se publicó la RS Nº 0112-2021, en la cual se indica que el Registro de ventas e ingresos electrónicos ya no será a través del PLE ni del SLE portal de la SUNAT y, además expone la nueva forma en la que se manejará este registro y las Resoluciones de Superintendencia relacionadas al tema que se modificarán.
Módulo RVIE: sistema que permite la anotación y generación del Registro de ventas electrónico. Se puede acceder a través de:
Obligados a llevar el nuevo RVIE:
A partir del periodo noviembre 2021 (que vence en diciembre 2021): la relación de RUCs detallada en el anexo 7 de la norma (154 contribuyentes)
A partir del periodo abril 2022 (que vence en mayo 2022): Quienes vienen llevando su Registro de ventas de manera electrónica (sea que lo hagan de manera voluntaria o estaban obligados) y aquellos que lleven de manera física y sean designados como Principales contribuyentes.
Afiliación para el llevado del RVIE
A partir del periodo abril 2022, quienes no estén obligados a llevar de manera electrónica el Registro de ventas, pueden optar por llevarlo de esta nueva forma, previa afiliación, la cual se realiza con la generación del RVIE. La afiliación es definitiva, es decir, ya no se puede regresar a llevar el libro de manera física.
Obligaciones de quien genera el RVIE
La SUNAT sustituye al contribuyente en la obligación de almacenar, archivar y conservar el RVIE.
El contribuyente puede consultar y descargar la propuesta de Registro de ventas, antes de su generación, para lo cual la SUNAT pondrá a disposición un archivo plano.
Llevado del RVIE
Anotación y generación del RVIE
La información del archivo preliminar puede ser modificada agregando comprobantes de baja o anulados.
Para realizar ajustes posteriores, el contribuyente debe elaborar un archivo plano de acuerdo a la estructura definida por SUNAT y cargarlo en la opción del módulo RVIE. Luego de la validación y de estar conforme, se depositará en el buzón electrónico del contribuyente la constancia de recepción.
Suspensión temporal o reinicio de actividades
En tanto el contribuyente comunique la suspensión temporal de actividades, no podrá generar el RVIE pero si realizar ajustes posteriores de periodos anteriores a la suspensión de actividades. Cuando reinicie actividades, debe generar el registro con el mensaje “Sin movimiento”, por los periodos en los que estuvo con suspensión de actividades.
Aprobación de nueva versión del PLE: se aprueba la versión 5.3 del PLE, el cual estará disponible desde el 01 de diciembre de 2021
Nuevos obligados a llevar libros electrónicosQuienes están obligados a llevar el Registro de ventas de manera electrónica desde el periodo noviembre 2021 hasta marzo 2022, pueden optar por llevarlo desde el PLE o SLE portal.Vigencia: 01 de noviembre de 2021