Reglamento que modifica el sistema de emisión electrónica de Empresas Supervisadas

Reglamento que modifica el sistema de emisión electrónica de Empresas Supervisadas

El pasado 22 de febrero, se publicó el Decreto Supremo RS26-2021, el cual establece que las AFP también pueden utilizar el sistema de emisión electrónica SEE Empresas Supervisadas, para emitir los comprobantes por los servicios que brindan a sus afiliados y beneficiarios (servicio mencionado en el inciso j) del artículo 2 de la Ley del IGV).

Recordar que:

  • Los sistemas que también pueden utilizar son: OSE o SEE desde los sistemas del contribuyente (de no estar obligados a OSE).
  • Los comprobantes que se emiten desde el SEE empresas supervisadas:
  • Recibo electrónico SP
  • Comprobante empresas supervisadas SBS:

Se modifican determinados anexos:

Anexo Nº 2 y el Anexo IX (UBL): Boleta de venta electrónica:

Se incluyen los siguientes datos opcionales en la boleta:

  • Código Único de identificación del SPP (CUSPP) dato que va en la representación impresa
  • Periodo
  • Monto del interés moratorio de las comisiones

Anexo de Comunicación de baja: SEE Empresas Supervisadas

  • Serie del comprobante a dar de baja: Se incluye la serie que corresponde a boletas
  • Fecha de emisión de los documentos a dar de baja: Se incorpora el plazo máximo para la baja del recibo electrónico SP.
  • Baja del recibo electrónico SP: 10 días calendario contado desde el primer día calendario del mes siguiente al de la fecha de emisión del recibo electrónico SP.
  • Baja del comprobante empresas supervisadas SBS: 7 días calendario contado desde el primer día calendario del mes siguiente al de la fecha de emisión del comprobante.

Se incorpora el Anexo 4 en el SEE empresas supervisadas: Anexo Nº 4: comprobante empresas supervisadas y notas (aplicable solo para las AFP)

Catálogos:

  • Se incorpora un nuevo tipo de documento de identidad: el Permiso Temporal de Permanencia – PTP
  • Nuevo tipo de operación: 2105 – para los comprobantes emitidos por las AFP a sus afiliados y beneficiarios
  • Se incluye como conceptos tributarios, los nuevos datos de la boleta

Vigencia: 01 de marzo de 2021

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